La nueva norma aprobada el pasado 15 de diciembre, que define el nuevo marco de drones en España (RD 1036/2017), ya se ha publicado en el BOE de 2018. Esta nueva norma para drones es una de las primeras pero no la única en ser implantadas en Europa, aportando más posibilidades a los servicios profesionales y establece nuevas condiciones. Además, el Ministerio de Fomento junto con AESA se comprometieron a publicar un plan estratégico de drones para el primer trimestre de 2018, herramienta que potenciará al máximo el segmento de la industria en España. Algunas de las novedades que incluye esta nueva norma son las siguientes.

Escenarios operacionales de la nueva norma para drones

En todos los escenarios las aeronaves deberán bien tener una masa máxima al despegue (MTOW) inferior a 25 kg (10 kg si el vuelo es sobre aglomeraciones), bien tener un certificado de aeronavegabilidad otorgado por la autoridad civil competente.

En cualquier caso, salvo permiso expreso de la autoridad que corresponda, los vuelos con esta clase de aeronaves solamente están permitidos en espacio aéreo no controlado y fuerza de zonas de información de vuelo (FIZ).

Zonas no pobladas

Dentro de las zonas no pobladas existen tres tipos de modalidades de vuelo regladas por la nueva norma para drones: VLOS (vuelo a línea de vista), EVLOS (vuelo a línea de vista extendida) y BLOS o BVLOS (vuelos más allá de línea de vista). En el caso de las modalidades VLOS y EVLOS la norma permite operaciones con drones de hasta 25 kg y se establece que las condiciones de vuelo sean óptimas (VMC). Sin embargo, se ha de considerar que en los vuelos tipo VLOS la distancia máxima horizontal del dron al piloto no debe sobrepasar los 500 metros, y en la modalidad del EVLOS estos 500 metros se podrán extender mientras haya pilotos (o al menos personas con formación teórica para ser piloto de dron) en línea de visión con la aeronave y en contacto permanente por radio con el piloto, aumentando así la distancia entre el piloto y el dron tanto como las comunicaciones permitan.

En este escenario es posible volar drones a 120 metros (400 pies) sobre el terreno u obstáculo más alto dentro de un radio de 150 metros a la aeronave. De esta manera, si se trata de hacer una inspección a una estructura como una torre eólica, la altura máxima de vuelo sería de 120 metros más la altura de la torre si ésta se encuentra a una distancia inferior a 150 metros del dron.

Nuevos escenarios de la Norma para Drones de 2018 - EVLOS (vuelo a línea de vista extendida)

En lo que respecta al modo de vuelo BLOS, si el operador no quiere pasar por un complejo proceso burocrático, el dron solo puede ser tener un MTOW de hasta 2 kg. Si el MTOW fuera superior, la aeronave deberá tener un sistema aprobado por AESA que permita al piloto detectar y evitar obstáculos, de lo contrario el vuelo solamente será permitido en espacio aéreo temporalmente segregado (TSA). Además es necesario informar de la operación con un NOTAM a la autoridad competente.

Zonas urbanas y aglomeración de personas en zonas no pobladas

En este supuesto la nueva norma para drones específica que la aeronave no puede superar los 10 kg MTOW, y la distancia máxima horizontal del dron respecto al piloto debe de ser de 100 metros. En estas zonas las condiciones son más restrictivas ya que en todo caso los operadores deben informar al Ministerio del Interior con un mínimo de 10 días de antelación. En cualquier caso, la aeronave habrá de estar provista de un dispositivo de limitación de energía de impacto en caso de accidente, al igual que o bien deberá sobrevolar sobre zonas acotadas al efecto, bien deberá hacerlo manteniendo una distancia horizontal de 50 metros frente a cualquier edificio, objeto o persona que no esté directamente involucrado con la operación.

Espacio aéreo controlado

Con la nueva norma para drones, para operaciones dentro de este tipo de área controlada (CTR – Controlled Traffic Region) hay que realizar un estudio aeronáutico de seguridad, solicitar una autorización de AESA y los pilotos deben estar acreditados como radiofonistas para ser coordinados por el gestor aeroportuario. Además estos vuelos quedan restringidos a mantener una distancia mínima de 8km al punto de referencia de cualquier aeropuerto o como mínimo a 6 km del umbral de cualquier pista. En el caso de que la modalidad de vuelo sea BLOS, si la infraestructura tiene procedimientos de vuelo instrumental, la distancia mínima pasa a ser 15 km y el dron debe incorporar un transpondedor de tipo S.

Vuelos nocturnos

La nueva norma para drones contempla la necesidad del uso de un sistema de luces para asegurar la visibilidad del dron en condiciones nocturnas y además se debe realizar un estudio aeronáutico de seguridad para presentarlo a la AESA para obtener su autorización.

Vehiculo en movimiento

En los vuelos con vehículos en movimiento como estación de control, es necesario confeccionar un plan operacional que garantice que no se pierda la línea de vista entre el vehículo en movimiento y el dron.

Otras zonas

La nueva norma para drones no aplica cambios a lo regulado anteriormente con las zonas prohibidas, las restringidas y las peligrosas. Sin embargo, el vuelo de infraestructuras críticas ha cambiado: ahora se permite volar sobre estas pero sólo con el permiso expreso del responsable de la infraestructura, permitiendo ahora realizar trabajos técnicos y de ingeniería sobre infraestructuras de energía, de telecomunicaciones, centrales nucleares…

Tras la publicación de la nueva norma para drones de 2018 en España, se espera que la nueva norma para drones en el resto de países europeos permita un uso más flexible de esta tecnología.